Dedicaba estas mismas líneas hace poco a comentar un sonoro conflicto jurídico, o algo más que un conflicto jurídico. Era el caso de la publicación de un libro que narraba el crimen horrendo de un padre contra sus hijos. Se confrontaban ahí la libertad de expresión invocada por la editorial y la sensibilidad de la madre, víctima en forma vicaria de aquel delito. La cuestión está pendiente de resolución judicial y la decisión final, sea la que sea, sentará un importante precedente.
También está pendiente de enjuiciamiento, en este caso de forma bastante más extraña, otro asunto muy llamativo, que afecta otra vez a las convicciones, los sentimientos, los principios morales, los derechos y las reglas legales vigentes. Se trata ahora de un conflicto muy especial por las personas a las que afecta.
Una joven, mayor de edad y con capacidad jurídica suficiente, ha solicitado la aplicación de la eutanasia, alegando que concurren los requisitos legales en su persona. Esos requisitos, que son principalmente el carácter irreversible de su dolencia y el grave sufrimiento que experimenta, han sido estimados en los informes médicos que exige la legislación y el caso concreto ha recibido el asentimiento de la comisión que debe reconocer que la voluntad de la interesada de poner fin a su vida es aceptable.
Pero, una vez concluido el procedimiento de concesión, el padre de la joven se ha manifestado contrario a que se lleve a cabo la eutanasia de su hija y ha planteado una solicitud judicial con tal finalidad, lo que ha sido admitido a trámite, con la consiguiente suspensión del cumplimiento de la decisión de su hija.
Más allá de los criterios morales que cada uno sostenga con toda legitimidad en torno a la eutanasia, lo cierto es que, habiendo una ley vigente que reconoce esa posibilidad, previa constatación rigurosa de que se cumplen los requisitos, el conflicto en este caso es bastante sencillo de resolver: si la interesada es mayor de edad y tiene capacidad, su voluntad debe primar sobre la de cualquier otra persona, e incluso sobre la de su padre. Se puede, y se debe, comprender el sentimiento del padre, absolutamente respetable. Pero las reglas jurídicas, con frecuencia, están para imponerse sobre los sentimientos de unas personas para proteger los derechos de otras. Esa es la función de las leyes.