Diligencias por posible delito electoral a 16 ausentes el 23-J

Alberto Abascal
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Se levantaron actas en la capital, Venta de Baños, Castil de Vela, La Puebla de Valdavia, Torremormojón, Belmonte, Villovieco y Villasila de Valdavia

Diligencias por posible delito electoral a 16 ausentes el 23-J

Las Fuerzas de Seguridad levantaron en Palencia un total de 16 actas que fueron remitidas a la Junta Electoral Provincial por la ausencia de presidentes o vocales en sus respectivas mesas electorales durante la jornada de elecciones generales celebrada el pasado 23 de julio, según los datos a los que ha tenido acceso Diario Palentino.

Según estos datos, 15 de estas actas fueron levantadas por la Guardia Civil y una por los agentes de la Policía Nacional. En este último caso, el acta de posible infracción se cursó en el colegio electoral del Centro Social de Santiago de la capital después de que el titular de una mesa llegara 20 minutos tarde «porque se había quedado dormido y tenía que trabajar por la tarde».

En cuanto a las actas levantadas por los agentes de la Guardia Civil tres se levantaron en La Puebla de Valdavia (un vocal titular y dos vocales suplentes, uno de ellos por enfermedad), una en Castil de Vela (no se especificó el puesto), cuatro en Belmonte de Campos (no se especificaron los puestos), una en Venta de Baños (Colegio Cruce de Castilla con un suplente del segundo vocal), una en Villasila de Valdavia (un vocal titular), dos en Villovieco (un vocal titular por enfermedad y un suplente segundo del primer vocal) y tres en Torremormojón (tres suplentes de vocales). La Junta Electoral Provincial decidió antes de la celebración de los comicios que los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado debían identificar a todas aquellas personas que no comparecieran en la conformación de las mesas electorales.

La Junta Electoral Provincial, presidida por el magistrado de la Audiencia Provincial, Juan Miguel Carreras Maraña, y otros seis vocales, tomó esta decisión bajo el argumento de asegurar y garantizar la adecuada y plena constitución de las mesas.

La Junta Central, asimismo, quiso trasladar a las Juntas Electorales de Zona que debían verificar «con especial rigor las causas que puedan invocarse como motivo de exclusión y excusa para formar parte de las mesas electorales». 

En particular, se analizó «con especial escrupulosidad» la documentación que se aportara para justificar posibles excusas invocando motivos que no estén objetivamente tasados y en particular viajes, celebraciones eventos personal o familiares y ponderando particularmente cada caso concreto. La Junta Electoral Provincial recuerda al respecto que está tipificado como delito electoral (presidentes de mesa, vocales y suplentes) el hecho de que se dejen de concurrir o desempeñar sus funciones, o las abandonen sin causa legítima o incumplan sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso previo que les impone esta Ley.