Declarada nula una cláusula por abusiva de una tarjeta de pago

DP
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El informe perital fue elaborado por Jesús Blanco, perito de cabecera del despacho de abogados Don Recuperador

Imagen de archivo de un datáfono y una tarjeta - Foto: Alberto Rodrigo

El Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Palencia ha declarado nula por abusiva la cláusula que fija el interés remuneratorio en un contrato  de tarjeta  revolving (tarjetas de pago aplazado) de una entidad bancaria. Esta sentencia destaca la importancia de garantizar la transparencia en los contratos financieros para poder proteger a los consumidores.

«El informe pericial aportado ha sido clave en este caso. Fue elaborado por Jesús Blanco, perito de cabecera del despacho de abogados Don Recuperador,  cuyo trabajo es fundamental para demostrar la usura y  falta de transparencia en los contratos de las tarjetas revolving tanto con su informe pericial como en las ratificaciones en los  juicios como el celebrado en la capital palentina», según indican desde este despacho de abogados. En este caso concreto, la TAE contratada en 2022 era del 19,56% pero el informe pericial acreditaba mediante análisis matemáticos que llegó hasta un 34,14%. 

En palabras del CEO, Artemio Quijano, «esta resolución es muy importante porque es la primera sentencia de un Juzgado de Palencia, de la que tengamos constancia, en anular un contrato de tarjeta de crédito revolving gracias a la aportación de un informe pericial que es irrebatibl y que abre la puerta a poder reclamar muchos contratos que los consumidores han considerado irreclamables por una TAE aparentemente baja» .