Adif inadmite el requerimiento contra las obras de la LAV

Carlos H. Sanz
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Tres son los motivos que esgrime Adif para inadmitirlo: es extemporáneo, contradice los actos de consentimiento realizados por el Consistorio y el proyecto constructivo no vulnera los estudios informativos del soterramiento.

Adif inadmite el requerimiento contra las obras de la LAV

Adif-Alta Velocidad no ha admitido a trámite el requerimiento formulado por el Ayuntamiento para dejar sin efecto, anular, revocar o derogar el proyecto de construcción de plataforma del tramo Palencia Norte de la Línea de Alta Velocidad Palencia-Aguilar de Campoo. Un recurso fundamentado en el artículo 44 de la Ley jurisdiccional contencioso-administrativo que el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias considera «manifiestamente extemporáneo» y que pone fin a la vía administrativa y deja al Consistorio la única alternativa de recurrir al juzgado en el plazo de dos meses.

El Consistorio presentó este recurso contra Adif Alta Velocidad al considerar que las obras incumplen los estudios informativos de los años 2010 y 2018, en los que se fija el soterramiento como vía para la integración del tren en la ciudad. Tres son los motivos que esgrime Adif para inadmitirlo: es extemporáneo, contradice los actos de consentimiento realizados por el Consistorio y el proyecto constructivo no vulnera los estudios informativos del soterramiento. 

once ocasiones. Para Adif Alta Velocidad, el requerimiento es «manifiestamente extemporáneo» porque el Ayuntamiento dispuso de hasta once ocasiones para conocer el proyecto completo y pronunciarse sobre él. El Consistorio, que contrató al  catedrático de Derecho Administrativo, Santiago González-Varas como asesor y envió su recurso el 29 de diciembre, argumentó que solo pudo hacer dicho requerimiento una vez recibió el pasado 15 de noviembre el enlace al proyecto de construcción completo. 

Sin embargo, Adif lo niega: «A la vista de las continuas y diferentes comunicaciones y reuniones tenidas a lo largo de varios años, dicha afirmación es totalmente incierta» porque «consta acreditado que el Ayuntamiento conoció o pudo conocer desde hace más de dos años y en numerosas ocasiones el proyecto completo». 

En este punto, Adif confirma lo que viene denunciando el actual equipo de Gobierno de Miriam Andrés desde que tomó posesión y se ocupó de este asunto, que el 28 de octubre de 2021, se enviaron al Ayuntamiento los planos y pudo hacer las alegaciones; que el 7 de diciembre de 2021, el Ayuntamiento remitió a Adif Alta Velocidad el certificado de exposición pública del proyecto; que el 17 de enero de 2022 el administrador reclamó al Ayuntamiento su respuesta; y que el 7 de julio de 2022 se publicó en el BOE el anuncio de licitación de las obras de ejecución del proyecto de construcción del tramo Palencia-Palencia Norte.

Oportunidades, continúa argumentando Adif, que también se dieron ya con Miriam Andrés como alcaldesa, haciendo referencia a las reuniones que se celebraron el 15 de junio del año pasado en la Subdelegación del Gobierno con vecinos afectados por las obras y en la que participó la regidora; el 13 de septiembre en la Secretaría General de Infraestructuras del Mitma y en la posterior visita que realizaron representantes y servicios técnicos de Adif: o el 17 de octubre, también en el Ministerio de Transportes, en el que se trataron específicamente las soluciones técnicas del proyecto en relación con los estudios informativos de 2010 y de 2018, entre otras. 

contradicción. El segundo argumento que utiliza Adif para rechazar el recurso del Ayuntamiento es que contradice la posición que ha mantenido hasta ahora y que no es otra que el consentimiento de las obras tal y como se proyectaron. 

El administrador de infraestructuras recuerda que «el propio Ayuntamiento aceptó las actuaciones de Adif en octubre de 2021, al renunciar a emitir informe y conociendo que el efecto del silencio era positivo, a favor del proyecto. Pudo también haber solicitado una ampliación de plazo para informar, aclaraciones o ampliar la información remitida».

«Habiendo consentido el Ayuntamiento con los planos de la solución incluida en el proyecto de construcción remitido por Adif AV en octubre de 2021, actúa contra sus propios actos en diciembre de 2023, al pretender impugnarlo dos años después», considera. 

soterramiento. Y el tercer y último motivo que esgrime Adif, es que que el el proyecto constructivo sí es compatible con el estudio informativo de 2010. «Tras la aprobación del de 2018, era necesario adaptarlo a la normativa ferroviaria», señala el administrador, que recuerda que la ley permite introducir cambios. 

«Las modificaciones fueron necesarias y no sustanciales. El proyecto aprobado presenta ajustes de trazado respecto al  de 2018 (...)  propios del nivel de detalle que requiere un proyecto de construcción, adaptando pendientes y requerimientos técnicos de la plataforma en un extremo del proyecto por los requerimientos normativos vigentes, y para garantizar la seguridad de la plataforma ferroviaria», sentencia Adif.

ARCHIVADO EN: ADIF, Alta Velocidad, Cantabria