La Generalitat no podrá personarse en la causa de la dana

Europa Press
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La jueza rechaza la petición de la Comunidad Valenciana al entender que "no procede en este momento procesal" aunque esta resolución puede ser recurrida en un plazo de tres días

La Generalitat no podrá personarse en la causa de la dana - Foto: Rober Solsona, vía Europa Press

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja, que investiga la gestión de la dana del pasado 29 de octubre, ha denegado la personación de la Generalitat Valenciana en la causa como responsable civil subsidiaria al entender que "no procede en este momento procesal".

En un auto dictado y notificado este miércoles a las partes, la magistrada cita jurisprudencia de la Audiencia Provincial de Valencia, según la cual, el responsable civil subsidiario "se incorpora el proceso desde que la pretensión civil se dirige contra él, dándosele traslado del escrito de calificación o acusación, o bien antes de dicho trámite, cuando se dicta resolución judicial para el aseguramiento de sus responsabilidades".

La resolución judicial, que responde a la solicitud presentada por la Abogacía de la Generalitat de fecha 7 de abril, no es firme y puede ser recurrida en reforma en el plazo de tres días o de apelación en el pazo de cinco días, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.