La Audiencia Provincial ha absuelto a un hombre, D.F.T.L., de 38 años, que estaba acusado de un delito de detención ilegal en concurso con otro continuado de agresión sexual, así como un tercero contra la integridad moral sobre su excompañera sentimental, y para quien inicialmente el fiscal solicitaba un global de 17 años de cárcel, al no quedar suficientemente acreditados los cargos que se le imputaron, según la sentencia a la que ha tenido acceso Diario Palentino.
El tribunal argumenta para emitir el dictamen absolutorio que la mujer denunció que el procesado la agredió sexualmente, aprovechándose de su estado de ánimo derivado de las coacciones que sufría y, asimismo, «del temor de que si no accedía al deseo de él, este podría adoptar una posición de absoluta agresividad, pero si tomamos como referencia indudable la actitud que se revela tanto en la grabación de voz como de vídeo que constan en las actuaciones y fueron presentadas y admitidas como prueba en el inicio del juicio, no resulta ni mucho menos concluyente que la denunciante tuviese un estado de ánimo de tristeza o sometimiento en las relaciones que mantenía con el procesado», según indica la resolución judicial.
En este sentido, el alto tribunal de la provincia sostiene como hechos probados que en la grabación de la defensa del acusado, grabación videográfica de ambos realizando actividad sexual, «en la misma se aprecia cómo en un determinado momento la denunciante, después de hacer varias observaciones, le dice al hombre que se quitase de encima y que la había cortado el rollo, accediendo a ello el denunciado, pidiéndola expresamente perdón».
OCHO AÑOS DE RELACIÓN. La sentencia, que puede ser recurrida en apelación ante el TSJCyL, considera como hechos probados que el acusado mantuvo una relación sentimental con convivencia con la denunciante desde mediados de 2012 hasta febrero de 2020. La relación finalizó en esa fecha por decisión unilateral de la mujer, decisión de la que no estuvo conforme el acusado y así se lo hizo saber a su excompañera en varias ocasiones.
A pesar de la ruptura, la pareja siguió manteniendo relaciones personales hasta tal punto que el varón acudió en varias ocasiones al piso donde vivía la mujer en una localidad de la provincia, «sin que conste una oposición explícita a ello por parte de la denunciante, llegando a recibir a su excompañero en su casa durante aproximadamente un mes, en concreto, en julio de 2020».
Fruto de esa relación personal, que ya no sentimental, ambos quedaron en verse en el domicilio de este y que hasta la ruptura sentimental ambos compartieron piso en otra localidad de Palencia, «no habiendo quedado suficientemente acreditado la razón de ello, aunque sí algún tipo de llamada del denunciando en tono de súplica y manifestando ideas autolíticas, y un acuerdo previo para pasar el día juntos en excursión campestre», según indica la resolución.
Una vez que la pareja se encuentra en esta última localidad, el tribunal apunta que, «desde luego, no se inicia ninguna excursión campestre, y a partir de ahí se ignora la forma en que discurrieron las relaciones personales de ambos a lo largo de la tarde y noche del día 12 de septiembre de 2020 y en la mañana del día siguiente», período de tiempo en el que la mujer apuntaló las supuestas agresiones que denunció.
En la mañana del 13 de septiembre de 2022 y después de cargar determinados objetos en el vehículo propiedad de la mujer, ambos se trasladaron a la vivienda de ella, «en el mismo coche sin que conste oposición expresa a ello por parte de esta última o que lo hiciese coaccionada».