El acusado de matar a una hembra de oso pardo durante una cacería de jabalí en Ventanilla (Montaña Palentina) en noviembre de 2020 ha sido condenado a dos años de prisión y cuatro años de inhabilitación para la caza. Es la pena que solicitó la Fiscalía durante el juicio oral, celebrado los días 8 y 9 de febrero en Palencia, y a la que se sumó la Fundación Oso Pardo (FOP) como acusación popular. El acusado deberá pagar 17.505,95 euros a la Junta de Castilla y León en concepto de responsabilidad civil, la mitad de la indemnización reclamada por la Fiscalía y FOP, reducción que obedece a que la sentencia considera que debería haberse suspendido la cacería en el momento en el que se tuvo conocimiento de la presencia de la osa con el osezno en la zona a cazar. El Juzgado de lo Penal de Palencia ha condenado al cazador, vecino de Velilla del Río Carrión, como autor material de un delito contra la fauna por provocar la muerte de una osa que estaba acompañada de un osezno. El cazador, que según la sentencia "ocupaba el mejor puesto de todos, que él eligió y en la zona más alta y con mejor visión", disparó al ejemplar con su rifle de precisión desde una distancia de unos 40 metros. Hechos que han podido quedar probados gracias a las personas implicadas en el proceso, particularmente a las diligencias de investigación del equipo del PAPRONA de la Guardia Civil de Barruelo de Santullán. También considera la sentencia que "el acusado dispuso de tiempo suficiente para apreciar el tipo de animal al que disparó y conocía suficientemente la especie de oso pardo, dado el lugar en el que se encontraban y la frecuencia en la zona de sus avistamientos, como para detectar que se trataba de un ejemplar de la misma, dadas sus características singulares". Como en todos los procesos judiciales abiertos en los últimos años por la aparición de osos muertos o heridos, la FOP ha actuado como acusación popular. Durante el juicio oral celebrado en Palencia, el equipo legal de la FOP respaldó la pena y la indemnización solicitada por la Fiscalía. En este sentido, la sentencia reconoce el papel desarrollado por la FOP, a través de la defensa jurídica llevada a cabo por el despacho que la asesora, EcoUrban, durante la fase de instrucción y el propio juicio, condenando al cazador al pago de las costas procesales de la fundación. Más allá de la responsabilidad del cazador, la FOP defiende que este terrible suceso debe implicar cambios de calado en la actividad cinegética en zonas oseras y volverá a trasladar a la administración autonómica sus propuestas de mejora en este ámbito.