El Juzgado de lo Penal ha condenado a un hombre identificado como M.A.M.G. a un año de prisión como autor responsable de un delito de acoso a una mujer con la que mantuvo encuentros sexuales y a la que envió más de 200 WhatsApp y mensajes SMS para pedirle que reanudara la relación después de que ella decidiera cortar.
La sentencia, que es recurrible y a la que ha tenido acceso Diario Palentino, considera como hechos probados que el acusado conoció a la mujer en mayo de 2019 en una aplicación de Internet. A raíz de ese momento tuvieron varios encuentros de índole sexual. Como quiera que esos contactos meramente sexuales no fueron desarrollándose con normalidad, la víctima decidió cortar con él.
A pesar de ello, M.A.M.G., como no quería ver terminados tales encuentros y con el fin de retomarlos, comenzó a enviar a la mujer multitud de mensajes SMS y de WhatsApp, que perduraron hasta el mes de septiembre de ese mismo año, hasta el punto de trastocarle su vida normal.
De hecho, entre los días 14 a 19 de septiembre, con el ánimo de inquietarla, el acusado envió a la víctima unos 200 mensajes de WhatsApp a distintas horas del día y de la noche, así como varios mensajes SMS a la vista de su actitud negativa de quedar con él o viajar un fin de semana en su compañía como pago o contraprestación de la cantidad de 600 euros que le había prestado.
El titular del Juzgado de lo Penal, en su resolución tras valorar la gravedad de los hechos, argumenta que «estos no revisten especial gravedad, en lo que respecta al plano de la individualización de la pena, salvo la intensidad provocada por esos citados días del mes de septiembre en los que la denunciante llegó a recibir más de 200 mensajes a su teléfono procedentes del acusado. De otro lado, que el acusado actuó por la frustración provocada por el rechazo constante de la denunciante a seguir manteniendo una relación de amistad con él, y en lo que M.A.M.G. pensaba que era su negativa a devolverle el dinero que le había prestado, por lo que el elemento subjetivo de la culpabilidad se modula en ese punto».
Por lo demás, el juez le ha impuesto a M.A.M.G. la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 300 metros y también de comunicarse con ella a través de cualquier medio o dispositivo, además de indemnizarla con 1.000 euros por daños morales. Asimismo, le absuelve de los delitos de amenazas y de coacciones.