El Juzgado de lo Penal ha condenado a una mujer, M.I.C.P., a una pena global de tres años y medio de prisión como autora responsable de dos delitos de maltrato habitual en el ámbito familiar en las personas de sus dos hijas de 5 y 7 años, y le impone además la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de las pequeñas tanto si están en casa, en el colegio o donde se encuentren durante tres años. También deberá indemnizar con 1.000 euros a cada una de ellas por daños morales.
El Juzgado de lo Penal, en la sentencia a la que ha tenido acceso Diario Palentino y que puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial, considera como hechos probados que la acusada, encontrándose en el domicilio familiar con sus hijas y en muchas ocasiones en presencia de su esposo, que ha ejercido la acusación particular y cuyos intereses legales han sido defendidos por la abogada palentina Aurora Gutiérrez García, a partir de julio de 2018, «con menoscabo de la integridad psíquica de sus hijas menores», se dirigió a ellas con expresiones realmente duras.
Algunas de esas expresiones son: Ojalá que tengáis la peor vida que podáis tener; asquerosas, hijas de puta; ¿no os dais cuenta de que no quiero ir a ningún lado con vosotras?; se coge y se la da un guantazo y a tomar por culo y otra ostia y así hasta que lo dejes de hacer, que estas son después de las que se meten en los del bulling y se suicidan los chiguitos porque están todo el puto día jodiendo; hay niños que a su edad no tienen piernas por las bombas en otros países, cojones, espabilad; no pasa nada por decirlas que son malas hijas; ojalá encontréis un hombre que os joda la vida; me da asco oíros, es que no os considero ni mis hijas; deja de hacer el subnormal, te parto la cara.
cariño y respeto. La sentencia especifica que la acusada reconoció los hechos y que las expresiones proferidas hacia sus hijas fueron grabadas en una memoria USB por el padre de las niñas cuando él llegaba de trabajar. El progenitor aseguró durante el juicio que comenzó a efectuar las grabaciones «porque tenía mucho miedo de que no me creyera nadie. Grababa cuando llegaba por las tardes a casa y todo empezaba por lo que fuera. Cualquier comportamiento de la hija motivaba eso. Desde 2017 fue una escalada, una progresión de insultos», apuntó.
La titular del Juzgado de lo Penal argumenta en su dictamen que «es evidente que estas expresiones injuriosas, humillantes, reiteradas en horas diferentes de un día y en días diferentes y sucesivos constituyen un clima, un ambiente y una atmósfera familiar de tensión, hostil, humillación, dominación y, en definitiva, de anulación de la persona».
«Los padres han de educar a sus hijos menores de edad y han de hacerlo como adultos que son desde el cariño, el amor y el respeto en la posición que ocupan con el empleo adecuado de corrección y autoridad. Han de saber interpretar las actitudes de los menores que en ocasiones, porque son menores de edad, no saben expresar de manera correcta y se tornan agresivas sin que ello autorice a responder del mismo modo y situándose al mismo nivel, como aquí ha ocurrido, de dos menores de tan solo 7 y 5 años», añade la magistrada Olga Álvarez en su resolución. Por lo demás, la sentencia absuelve a M.I.C.P de los delitos de amenazas de que también se la venía acusando, por lo que la magistrada establece que no se considera en este caso necesario desde el punto de vista del interés de las menores imponerle la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad.