El Tribunal Supremo ha ratificado la condena impuesta a un ciudadano rumano de dos años de prisión como autor responsable de complicidad en un delito de detención ilegal por ayudar a un amigo a retener a su expareja durante nueve días contra su voluntad en Barcelona, a donde había llegado desde Palencia, su lugar de residencia en el momento de los hechos. La sentencia, a la que ha tenido acceso Diario Palentino, subraya que la víctima fue obligada a desplazarse desde Palencia hasta Barcelona el 7 de agosto de 2014 y una vez en la ciudad condal fue conducida al domicilio del condenado, una vivienda de la que no podía salir porque este «siempre estaba despierto y dormía en el comedor».
Durante los nueve días (hasta el 16 de agosto de 2014) que estuvo retenida contra su voluntad, en una ocasión pudo acceder a un teléfono móvil para llamar a una amiga suya de Palencia al objeto de alertarla de que se la iban a llevar a Rumanía, indicándole la hora y situación.
Poco después, logró su liberación después de que los Mossos d’Escuadra detuvieran al acusado en la Estación de Autobuses del Norte en Barcelona cuando la acompañaba para trasladarla a Rumanía. Según declaró la amiga de la víctima en el juicio, la expareja y su cómplice la tenían aislada en una habitación y que apenas le daban de comer. Asimismo, aseguró que la pegaban y que solo podía salir del domicilio con ellos y que le pidió que llamase a la Policía porque tenía mucho miedo y que «la matarían».
Reiteró que cuando fue liberada se fue a Palencia para después volver a Rumanía a buscar a su hijo, aunque actualmente se encuentra en paradero desconocido.
El Tribunal considera que tras la prueba practicada evidencia que la víctima abandonó Palencia «no por propia voluntad y que de allí fue trasladada a Barcelona, instalándose junto con su anterior pareja sentimental en el domicilio del encausado».
Sobre el hecho de que dicha retención y traslado en un principio fuesen contra su voluntad «resulta evidente y se deduce de la abundante testifical practicada, pero especialmente resulta evidente dicha voluntad contraria a tal situación y la privación de libertad a la vista de los watsapps remitidos por la víctima a las distintas personas que depusieron como testigos».
Asimismo, la intervención policial en la estación de autobuses de Barcelona refleja «la realidad del temor a ser trasladada a Rumanía contra su voluntad y la imposibilidad de abandonar el domicilio en el que se hallaba bajo vigilancia de, entre otros, el acusado que, en una ocasión por lo menos, le impidió abandonar el domicilio y que la acompañó, junto con otro acusado, a la estación de autobuses desde la que pretendían retornarla a Rumanía».