Piden cárcel por la muerte en Dueñas de un operario arrollado por el tren

ALBERTO ABASCAL
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José Duque Calabaza, de 50 años, falleció en la madrugada del 5 de marzo de 2010 cuando realizaba trabajos en la vía

Piden cárcel por la muerte en Dueñas de un operario arrollado por el tren - Foto: ÓSCAR NAVARRO

El Ministerio Fiscal ha solicitado una pena global de dos años y tres meses de prisión para un piloto de seguridad de Adif, el encargado de la empresa concesionaria  de las obras y una técnico de seguridad nombrada por  dicha empresa como presuntos responsables de un delito contra la vida y la salud de los trabajadores en concurso con otro delito de homicidio por imprudencia grave, por la muerte del operario José Duque Calabaza, de 50 años y natural de Medina del Campo, que falleció en la madrugada del 5 de marzo de 2010 arrollado por un tren-hotel cuando realizaba trabajos de mantenimiento de la vía en la estación de ferrocarril de la localidad de Dueñas.

Asimismo, el fiscal, en el escrito de acusación al que ha tenido acceso Diario Palentino, ha pedido para los tres acusados una multa de 1.800 euros y una indemnización conjunta y solidaria, así como a las aseguradoras, y de forma subsidiaria a Adif y la empresa Copasa la suma de 184.933,39 euros para la viuda del trabajador, así como otros 19.337,97 euros para cada uno de los dos hijos de la víctima.

El Ministerio Público ha solicitado en el Juzgado de Instrucción Número 2 de Palencia, que tramita las diligencias,  la apertura de juicio oral en el Juzgado de lo Penal por estos hechos.

El trabajador fallecido era operario de la empresa Maquisaba, subcontratista de Copasa, y estaba realizando trabajos de mantenimiento y renovación de vía en las inmediaciones del apeadero eldanense con el resto de la cuadrilla contratada para este trabajo entre Valladolid y Venta de Baños, cuando fue arrollado por un tren Madrid-Ferrol a la 1,36 horas del 5 de marzo de 2010.

SEGUNDO FALLECIMIENTO. El suceso se produjo en el punto kilométrico 278,952 de la línea Madrid-Hendaya, apenas 250 metros al sur de donde un año y medio antes había fallecido otro operario.

El convoy de pasajeros que cubría el trayecto nocturno entre Madrid y Ferrol y en el que viajaban 56 personas en el momento del siniestro, según el fiscal, pasó por la zona de los trabajos «donde no había limitación de velocidad para los trenes, cartelones de silbar obreros, SAAT (sistema de aviso de trenes) o balizas de indicaciones de trenes».

El escrito del fiscal subraya que  el maquinista se percató de la presencia del operario a unos 50 metros. El tren circulaba a 106 kilómetros por hora y el conductor accionó el freno de emergencia activado por el ASFA digital, «si bien no pudo evitar golpear al trabajador». Éste se encontraba junto con otros dos compañeros  con una máquina mixta en la vía 2 «aflojando los tirafondos y las placas de asuntos de las traviesas».

El fiscal sostiene en su escrito de acusación que  supuestamente se produjo una «descoordinación»  entre el encargado de los trabajos y piloto de seguridad de Adif (S.L.C.) y el encargado de la obra de Copasa y acusado F.J.R.L. al decidir este último la creación de un segundo tajo «con presencia de trabajadores y máquina en una zona de riesgo (junto a la vía 1) sin esperar la autorización del piloto de seguridad».

INCUMPLIMIENTOS. Asimismo, S.L.C. supuestamente «permitió y toleró el enclavamiento de equipos y personas en la vía 2 y la actuación de un segundo tajo en la zona de riesgo (entre vía 1 y vía 2) sin avisar la llegada del tren de pasajeros por la vía 1 para que los trabajadores pudieran ponerse a resguardo».«Se incumplieron, por tanto, los distintos procedimientos de trabajo existentes, estando operando los trabajadores afectados en la zona peligrosa sin haberse implantado todas y cada una de las medidas de seguridad requeridas en los distintos procedimientos y obligatorios de Adif e incluidos algunos en el Plan de Seguridad presentado por la empresa contratista», según especifica el Ministerio Público.

Además, el fiscal reitera que supuestamente se incumplieron las obligaciones de la persona designada por el contratista, F.J.R.L., como recurso preventivo.

Asimismo,  en este caso se constataron, a juicio del fiscal, «falta de señalización luminosa y acústica para advertir a los trenes de circulaban, los tajos que se realizaban y la existencia de trabajadores en las proximidades de la vía, que según los procedimientos de trabajo de Adif debían situarse a 1,5 kilómetros antes y después del tajo, así como tampoco estaba en funcionamiento el sistema SAAT (sistema de aviso automático de trenes), ni estaba ubicada correctamente la baliza de limitación temporal a 30 kilómetros que accionaba el frenado automático».

Para el fiscal eran señales, indicaciones y sistemas exigidos en los procedimientos obligatorios de Adif e incluidos en el Plan de Seguridad de la empresa contratista, cuyo cumplimiento y supervisión correspondía especialmente a la técnico designada por Copasa, I.L.A. «y cuya carencia y deficiencias fueron también conocidas y toleradas por los otros dos acusados, el piloto de seguridad y el encargado».

Otro similar. En septiembre de 2011, este periódico ya publicó que el Ministerio Fiscal había solicitado un año y diez meses de prisión para un piloto de seguridad de Adif y para el factor de circulación de Corcos como presuntos responsables de un delito de homicidio por imprudencia, como consecuencia de la muerte por el arrollamiento de un tren del trabajador autónomo Miguel Ángel Rodríguez Mezquita mientras operaba con su máquina retroexcavadora en la línea férrea, a la altura de Dueñas, el 1 de septiembre de 2008, precisamente a 250 metros del lugar del primer caso relatado.

El fiscal, que  interesó  la apertura de vista oral en el Juzgado de lo Penal, que aún está pendiente de celebrarse, acusa además en su escrito de conclusiones provisionales a la firma Adif como responsable civil subsidiario.

De hecho, solicita para los dos acusados de forma conjunta y solidaria, y a Adif de forma subsidiaria, una indemnización para la madre de la víctima de 96.101 euros, así como otros 18.000 euros por el importe del valor de la retroexcavadora.